El artículo 209 del nuevo Código Penal introduce la figura de “difamación extorsiva” y genera debate sobre su alcance legal en RD.
En el nuevo Código Penal dominicano, que entrará en vigencia en agosto de 2026, se incluye una figura penal llamada “difamación extorsiva”.
La norma busca sancionar conductas donde una persona utilice la reputación o la información para obtener beneficios o ejercer presión indebida.
Pero lo que ha llamado la atención no es solo el objetivo de la ley, sino cómo está redactada y cómo podría interpretarse cuando empiece a aplicarse en casos concretos dentro del país.